martes, 26 de octubre de 2010

EL IMPERIO DE LA LEY


La ley es orden, pero un orden que debe circunscribirse a la justicia. De otro modo pierde toda legitimidad y se vuelve mera simulación, mera mascarada. La ley que ha dejado de ser expresión racional de la justicia no ordena la anarquía: la erige norma, y —cuando los recursos no le alcanzan para disimularla— se limita a justificarla y a reservarse discrecionalmente dentro de ella el ejercicio de la fuerza.
La ley es razón, pero razón que debe circunscribirse a la justicia. De otro modo renuncia a la validez para volverse mero cálculo, ardid, estratagema. Cuando la razón deja de ser medida justa de la ley, se limita a impostar coherencias legales y mediáticas para el ejercimiento institucional de la infamia.
Lo que lleva al poder existente a colocar fuera de la ley todo aquello que dé visos de atentar contra él, esto es, de arrebatarle sus prebendas, no es una mera desavenencia teórica, sino que remite a intereses concretos, que es preciso identificar en toda la amplitud de su urdimbre. El imperio de la ley como sinónimo de orden represivo contra el derecho elemental del ciudadano a plantearse una forma distinta de gobierno, no debe ser atribuido en exclusiva a los políticos, sino sobre todo a aquellos verdaderos depositarios del poder; aquellos para los que la ley como imperio reserva sus verdaderos beneficios.
La ley no es obra divina, inmaculada e infalible. La ley es obra de fuerzas históricas reales, que al configurarla dieron expresión a intereses reales, muchas veces condicionados por una situación concreta. Tal es el caso de la Constitución de 1917. Más allá de la hueca retórica propagandística que la enarbola como insuperable modelo, y sin menoscabo de su importancia y de sus méritos, ya en su momento conciliaba o intentaba conciliar un contradictorio haz de posiciones ante el país, obligadas a pactar. Suponer que las enmiendas y reformas efectuadas en ella a lo largo de ya casi un siglo no han seguido otro cauce que el de una improbable Luz del Derecho, puesta por encima del devenir real de los conflictos de la nación (no hubo setenta años de paz social, hubo setenta años de disidencias aplastadas), representaría menos un síntoma de candidez que de irresponsabilidad histórica.
Cuando la ley puede romper o condicionar a capricho sus vínculos con la razón y la justicia históricas, es menester renovarla.
Para quienes hoy con ciega virulencia exigen orden por encima de todo, la ley constituye apenas una coartada. Apego enceguecido al código existente y al interés privado que en los hechos se encarga de salvaguardar. No a la ley como expresión racional de la justicia. No al Derecho como garante de legitimidad universal.
Más allá, contra lo que la circunstancialidad nacional pueda mostrar de facto, el espació de acción para aquellos que en apego a la justicia quedan fuera de la ley, no queda restringido a la violencia, ni pasa en primer término por ella, sino que demanda un redimensionamiento del hacer político, capaz de plantear no sólo alternativas bienintencionadas a la realidad existente, sino de articular las fuerzas reales capaces de llevarlas a efecto.
Hay modos diversos de estar fuera de la ley. Dando cauce a una tendencia histórica legítima, capaz de reconstituirla (y de otorgar nuevos fundamentos para el orden público). Quebrándola sin brújula, por mera tensión acumulada.
Dar visceral salida al hartazgo, por legítimo que este pueda ser, no coloca encima de la ley, sino debajo de ella, inerme. Convertir dicho hartazgo en botín propagandístico, sin viso alguno de solución para la demandas particulares que lo hacen detonar, no digamos ya para redimensionarlas con una perspectiva y un alcance más amplios, entra íntegramente dentro de la envilecida norma de la legalidad existente.